MISIÓN
Dar fé publica, veraz e incontrovertible, ofrecer a nuestros usuarios un servicio de alta calidad en todos los actos jurídicos que así lo requieran por ministerio de la Ley y mandato de la Constitución o por voluntad de los usuarios, de conformidad con la rogación del servicio, cubriéndolos de seguridad jurídica y confianza en el usuario.
VISIÓN
Seguir prestando al usuario un servicio ágil, eficiente y seguro. Ser una Notaria reconocida por la calidad e implementación de procesos tecnológicos, para así aumentar la cantidad de usuarios que concurran a satisfacer sus requerimientos notariales, sin alejarnos de la necesidad de mejorar cada día nuestra capacidad instalada para llegar a ser una Notaria Líder.
OBJETIVOS
- Otorgar servicios notariales a las personas que requieran que su mandato o voluntad se cumpla, enmarcada dentro de nuestro régimen legal.
- Atenderles oportunamente, en el menor tiempo posible y con la mayor eficiencia y la mejor voluntad, pues contamos con un personal capacitado para la prestación del servicio.
- Implementar actividades encaminadas a mejorar, aumentar la calidad del servicio y la gestión de los procesos apoyándonos de la capacitación del notario y de la funcionaria de la notaria.
- Comprender las necesidades y expectativas de nuestros usuarios y realizar retroalimentación a sus quejas y reclamos, siempre motivados por el respeto a la dignidad humana.
NUESTROS VALORES
Respeto y confidencialidad: Son las bases pilares de nuestra función como servidores públicos, la asumimos como parte esencial de nuestro servicio.
Honestidad: Es nuestra mayor virtud, porque con base en ella, construimos la confianza de nuestros usuarios.
Lealtad y compromiso: Que siempre tenemos con nuestros usuarios, con nuestro municipio, con nuestro departamento, con nuestro País y nuestra carrera notarial.
Comunicación: Es la herramienta vital para entender como nuestras las necesidades de los usuarios, permitiendo obtener eficacia en nuestras acciones.
Vocación de servicio: El prestar un servicio de calidad, adecuado a las necesidades de los usuarios, contando con el apoyo de un excelente equipo de trabajo, integrado por profesionales del derecho con alto grado de responsabilidad, capacidad y aptitud de servicio.
FUNCIONES Y DEBERES
La función notarial es incompatible con el ejercicio de autoridad o jurisdicción y no puede ejercerse sino dentro de los límites territoriales del respectivo círculo. De esta forma, es nuestra competencia lo siguiente:
- Recibir, extender y autorizar las declaraciones que conforme a las leyes requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran revestir de esta solemnidad.
- Autorizar el reconocimiento espontáneo de documentos privados.
- Dar testimonio de la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros notarios que las tengan registradas ante ellos.
- Dar fe de la correspondencia o identidad que exista entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal.
- Acreditar la existencia de las personas naturales y expedir la correspondiente fe de vida.
- Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la ley o el juez ordenen protocolizar o que los interesados quieran proteger de esta manera.
- Expedir copias o certificaciones, según el caso, de los documentos que reposen en sus archivos.
- Dar testimonio escrito con fines jurídico—probatorios de los hechos percibidos por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos.
- Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que conforme a la ley civil deban otorgarse ante ellos.
- Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados.
- Llevar el registro del estado civil de las personas en los casos, por los sistemas y con las formalidades prescritas en la ley.
- Las demas funciones que les señalen las Leyes.
Es necesario hacer hincapié que el servicio notarial se enmarca exclusivamente en las normas legales y reglamentarias de la actividad fedataria y no por el interés subjetivo de las partes intervinientes en el trámite notarial; la asesoría y consejería brindada en la notaría es gratuita y subyace de la norma jurídica y de la actitud conciliatoria. Igualmente se asume la responsabilidad derivada de la regularidad formal de los instrumentos autorizados, pero no de la veracidad de las declaraciones de los interesados; finalmente, la responsabilidad sobre la capacidad o aptitud legal de las partes intervinientes respecto a la celebración de negocios jurídicos recae en las mismas partes que activan la función notarial.
